Registro obligatorio de TRADE, ¿la solución para acabar con los falsos autónomos? (2024)

Acabar con los falsos autónomos es una de las prioridades del nuevo ejecutivo. La realidad es que, desde hace mucho tiempo, tanto asociaciones de autónomos como la propia Seguridad Social, quieren erradicar esta figura que en muchas ocasiones choca con los TRADE.

  • ¿Qué es un TRADE (siglas de trabajador autónomo económicamente dependiente)? ¿Por qué se puede confundir con un falso autónomo?
  • Un registro de TRADE facilitaría la detección de falsos autónomos y sería un primer paso para eliminar esta figura fraudulenta

A principios del pasado mes de agosto, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que modificaba la normativa de la Seguridad Social. El objetivo era garantizar la afiliación de los falsos autónomos en el Régimen General una vez detectados. La estimación es que más de 40.000 trabajadores pueden cambiar del RETA al Régimen General en los casos en los que la inspección detecte falsos autónomos.

Se estima que el colectivo de falsos autónomos puede situarse entre las 90.000 y 120.000 personas. Una cifra que, de ser cierta, supondría una merma muy importante de los ingresos de la Seguridad Social, ya que muchos de ellos estarían cotizando por la base mínima, cuando su salario sería en realidad mayor.

¿Qué es un TRADE?

Se define como TRADE al trabajador autónomo económicamente dependiente de una única empresa o cliente, del cual obtiene al menos un 75% de sus ingresos. Para ser TRADE es necesario que exista un contrato entre las dos partes, que puede ser civil, mercantil o administrativo. Dicho contrato tiene que ser registrado por el autónomo en el plazo de diez días hábiles siguientes a su firma, debiendo comunicar a la empresa dicho registro en los cinco días siguientes.

El número de autónomos dados de alta como TRADE está alrededor de los 10.000. Una cifra muy inferior a los que realmente deberían ser. Muchos de ellos no se acogen a esta figura por varios motivos, ya que el autónomo TRADE no puede tener una sociedad ni contratar trabajadores y está obligado a cotizar por contingencias profesionales.

Toda la normativa del TRADE se encuentra regulada en el Real Decreto 197/2009. El autónomo seguirá teniendo su independencia organizativa, libertad de horarios o disponer de sus propios medios para cumplir con el trabajo. Se distingue de esta manera del asalariado.

La ventaja para el autónomo de acogerse a esta figura es que tendrá derecho a vacaciones, de al menos 18 días hábiles o indemnización por daños y perjuicios en caso de que su cliente principal decida resolver el contrato. Dicha indemnización debería estar acordada en el contrato.

La obligación del registro de los TRADE

La cuestión es que la obligación del registro de los TRADE supondría que estos 100.000 falsos autónomos que tienen un único cliente o que reciben más del 75% de sus ingresos de una empresa que ha contratado sus servicios tendrían que estar inscritos y, además, hacer constar a qué empresa prestan sus servicios.

De esta manera, se facilitaría mucho la labor de la Inspección de Trabajo, que podría comprobar si realmente se trata de un falso autónomo o no. La diferencia entre 10.000 inscritos como TRADE y unos 100.000 que obtienen sus ganancias de un solo cliente es notable y este registro ayudaría a destapar los casos de fraude.

La cuestión es que la figura del TRADE nació para dar más cobertura a estos autónomos económicamente independientes. Tener más del 75 % de los ingresos de un único cliente no implica automáticamente convertirse en TRADE. Muchos pueden renunciar simplemente por el hecho de no poder contratar trabajadores o tener una sociedad. O porque no quieren cotizar por contingencias profesionales.

Es aquí donde surge la duda de si el registro debe ser obligatorio simplemente por ingresos de un único cliente o cuando se cumplan todas las premisas. Y también queda la duda de quién debe inscribir al autónomo en el registro, si la empresa o el propio interesado.

Al fin y al cabo, también están obligados a registrar el contrato, que en muchos casos ni siquiera se ha firmado. Toda la obligación recae ahora sobre el autónomo, que es el obligado al registro. Esto hace que en muchos casos para no perder al cliente se renuncie a su condición de TRADE.

El registro parece una solución interesante, pero todo dependerá de cómo se desarrolle para comprobar si es efectiva o no. Al final, el que está en posición de debilidad es el autónomo, más todavía si se trata de un falso autónomo, puesto que sabe que exigir su inclusión como TRADE puede suponer automáticamente que dejen de encargarle trabajos.

Registro obligatorio de TRADE, ¿la solución para acabar con los falsos autónomos? (2024)

FAQs

¿Qué diferencia hay entre un TRADE y un falso autónomo? ›

El falso autónomo es un trabajador por cuenta ajena que, sin embargo, actúa como trabajador autómo en el ámbito laboral y de la Seguridad Social. Mientras que el TRADE es un trabajador autómo que presta sus servicios, al menos, en un 75% para el mismo "cliente".

¿Quién es un TRADE y qué requisitos se precisan? ›

Para ser considerados Trade tienen que cumplir dos requisitos, el primero es ser dependientes económicamente, es decir, percibir de un solo cliente al menos el 75% de sus ingresos y el otro requisito es que no pueden tener trabajadores por cuenta ajena.

¿Qué derechos tiene un autónomo TRADE? ›

El TRADE, en cambio, sí tiene libertad para desarrollar su actividad con sus propios medios, no cuenta con horarios de trabajo y, aunque también firma un contrato que lo vincula a la empresa, puede disfrutar de días de descanso y otras ventajas inexistentes para el falso autónomo.

¿Cómo regularizar un falso autónomo? ›

Existen dos formas de denunciar y regularizar al falso autónomo: Ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o ante el Juzgado de lo Social. Los dos procedimientos son alternativos, es decir, si se ha iniciado procedimiento ante el Juzgado de lo Social, no se podrá iniciar ante la Inspección de Trabajo.

¿Cómo saber si soy TRADE? ›

El Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente o TRADE es aquel que presenta una dependencia relevante con respecto a un cliente. Reúne las siguientes características: Trabaja para un cliente principal, cuya remuneración constituye al menos el 75% de sus ingresos. Dispone de sus propios medios de producción.

¿Cuándo se considera TRADE? ›

¿QUÉ ES UN TRADE? Un TRADE es un trabajador autónomo que, aunque puede tener varios clientes, depende económicamente de uno, que puede ser una persona física o jurídica, al que presta sus servicios de forma habitual, personal y directa.

¿Qué es un TRADE ejemplo? ›

Encontramos ejemplos habituales de trabajadores autónomos dependientes (TRADE) en los siguientes profesionales: Contratos de mantenimiento de las instalaciones de un hotel, por ejemplo: electricistas, fontaneros, albañiles, etc.

¿Quién tiene que registrar el contrato TRADE? ›

1. El contrato deberá ser registrado por el trabajador autónomo económicamente dependiente en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su firma, comunicando al cliente dicho registro en el plazo de cinco días hábiles siguientes al mismo.

¿Qué es un falso autónomo ejemplos? ›

En el caso de los falsos autónomos, por ejemplo, se trata de trabajadores que al seguir las directrices de una empresa tendrán que cumplir con los horarios fijados por la misma y usarán las herramientas de la empresa para desarrollar su trabajo, al igual que cualquier trabajador por cuenta ajena.

¿Cuándo se considera un falso autónomo? ›

¿Cómo definimos un falso autónomo? Es el trabajador que, aun cotizando en el régimen especial de trabajador autónomo, depende exclusivamente de una empresa. Además, todos los ingresos del “falso autónomo” provienen única y exclusivamente de ella, a diferencia del resto de autónomos.

¿Que paga un autónomo trade? ›

Un trabajador autónomo TRADE o TAED paga y declara sus impuestos (IVA e IRPF) en sus declaraciones trimestrales y anuales, en base a los gastos deducibles de un autónomo, y debe abonar también la cuota de autónomos a la Seguridad Social, mensualmente.

¿Qué significa autónomo trade? ›

Un autónomo dependiente o TRADE es aquel cuyos ingresos dependen, en más de un 75 por ciento, de un mismo cliente.

¿Qué pasa si pillan a un falso autónomo? ›

Sanciones por contratar a un falso autónomo. La sanción que recibe la empresa por contratar a un falso autónomo dependen de la gravedad de la situación y van en escala: Sanción mínima: desde 3.126 euros hasta 6.250 euros. Sanción media: desde 6.251 euros hasta 8.000 euros.

¿Qué derechos tiene un falso autónomo? ›

Los falsos autónomos tienen todas las obligaciones de un trabajador por cuenta ajena, pero ninguno de sus derechos: pagan su propia cotización a la Seguridad Social, pero no son dueños de su propia producción, no organizan sus vacaciones (en la mayoría de casos no retribuidos), ni eligen sus horarios.

¿Qué pasa si soy falso autónomo? ›

La cuantía de las sanciones derivadas por tener falsos autónomos varían en función del grado: Sanción de grado mínimo: de 3.126 a 6.250 euros. Sanción de grado medio: de 6.251 a 8.000 euros. Sanción de grado máximo: de 8.001 a 10.000 euros.

¿Qué se considera un falso autónomo? ›

¿Cómo definimos un falso autónomo? Es el trabajador que, aun cotizando en el régimen especial de trabajador autónomo, depende exclusivamente de una empresa. Además, todos los ingresos del “falso autónomo” provienen única y exclusivamente de ella, a diferencia del resto de autónomos.

¿Qué es un contrato de trade? ›

Contrato TRADE significa: es un trabajador autónomo cuya economía depende directamente de un cliente, puede ser persona o empresa, con la que trabaja habitualmente. Nos referimos a dependiente cuando el cliente obtiene al menos un ingreso del 75%.

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Author: Velia Krajcik

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