¿Qué sanciones en el trabajo se pueden aplicar? | tugesto (2024)

El hecho de imponer sanciones en el trabajo a un trabajador/anunca es plato de buen gusto, pero muchas veces es necesario e imprescindible para el empresario.

Sancionar a un empleadosuele darse en las medianas y grandes empresas, ya que en las pequeñas los trabajadores se comportan mejor al tener al empresario más cerca.

La sanción laboral al trabajador es uno de los derechos del empresario, quien tiene la potestad disciplinaria para imponer sanciones a los trabajadores.

El trabajador debe cumplir con las órdenes e instrucciones dadas por el empresario en el ejercicio regular de sus facultades de dirección.

Cada convenio colectivo es el encargado de recoger las diferentes conductas de los trabajadores que acarrean su sanción, así como la determinación de la misma.

Sanciones en el trabajo: en qué consisten

Es una práctica habitual de los convenios regular las faltas de una manera enunciativa, justificando las sanciones en el trabajo basándose en un criterio analógico.

Esto es, basado en la semejanza entre el caso previsto en el convenio y el comportamiento del trabajador, lo que entraña una dificultad al tratar de prever las posibles infracciones que puedan cometer los trabajadores.

La legislación asiste al empresario para demandar a su plantilla lo que es exigible por contrato, para que la sanción tenga efecto el empresario deberá cumplir con los requisitos legales.

En primer lugar ha de comunicárselo al trabajador por escrito, indicando la fecha y la causa. También deben comunicárselo al comité de empresa y a los delegados sindicales.

Si el trabajador sancionado es miembro del comité de empresa, delegado de personal o delegado sindical, se dará audiencia previa a los restantes integrantes del comité de empresa, delegados de personal o delegados sindicales.

Descripción y clasificación de las sanciones en el trabajo

Las sanciones laborales pueden ser leves, graves o muy graves.

Según la calificación de las sanciones en el trabajo, de acuerdo con su convenio colectivo o el Estatuto de los trabajadores, acarrean uncastigo al trabajador, que puede ser amonestación, suspensión de empleo y sueldo e incluso el despido disciplinario.

Prescripción de las sanciones en el trabajo

Las faltas o sanciones laborales prescriben según su calificación y los días cuentan a partir del día siguiente del que la empresa es conocedora de la infracción. Los plazos de prescripción son:

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  • Faltas leves: 10 días.
  • Faltas graves: 20 días.
  • Faltas muy graves: 60 días.

Y, en todo caso, a los 6 meses del hecho.

Calificación de las sanciones

La sanción depende del tipo de falta cometida, y nunca será posible sancionar de forma distinta a la prevista en las disposiciones legales o convenios colectivos.

Además la sanción debe ser proporcional entre la falta cometida y la sanción.

  • Faltas leves: suelen quedarse en amonestación, pero pueden acarrear suspensión de empleo y sueldo hasta 2 días.
  • Faltas graves: conllevan la suspensión de empleo y sueldo hasta 20 días.
  • Faltas muy graves: pueden conllevar la suspensión de empleo y sueldo hasta 6 meses y/o el despido disciplinario. También puede darse como sanción el traslado a otro centro de trabajo.

En ningún caso el empresario puede condenar al trabajador a pagar multas económicas, reducir vacaciones o periodos de descanso.

El trabajador nunca puede ser sancionado 2 veces por el mismo hecho, pero si tantas veces como faltas cometa.

Cuadro de faltas

La concreción de las faltas laborales sancionables dependerá de la graduación de faltas que marque el convenio colectivo.

Según el Estatuto de los trabajadores las faltas que puede cometer el trabajador son:

  • Inasistencia al trabajo sin causa justificada, o sin que la causa justificada haya sido comunicada con la antelación debida, salvo que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
  • Impuntualidad, se entiende tanto retrasarse a la incorporación a su puesto de trabajo como adelantar la hora de salida.
  • Abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
  • Desobediencia e indisciplina.
  • Incumplimiento de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
  • Transgresión de la buena fe contractual.
  • Abuso de confianza.
  • Disminución del rendimiento en el trabajo.
  • Falta de diligencia, desidia en la prestación de trabajo.
  • Embriaguez o toxicomanía durante el trabajo.
  • Incumplimiento de los deberes de convivencia, las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
  • Acoso sexual.
  • Abuso de autoridad.

Procedimiento para la imposición de la sanción

El procedimiento viene recogido en el convenio colectivo y en todo caso en el Estatuto de los trabajadores.

El Estatuto de los trabajadores indica que la sanción laboral de las faltas graves y muy graves requiere comunicación por escrito al trabajador, lo más aconsejable es hacerlo también en las sanciones leves.

El Estatuto de los trabajadores exige además que para las sanciones laborales muy graves se remita información a los representantes de los trabajadores, delegados de personal y comités de empresa.

El incumplimiento de esta obligación acarreará responsabilidades para el empresario pero no afectará a la validez de la sanción ya impuesta.

En el caso de que la sanción laboral recaiga sobre un trabajador con el cargo de representante de los trabajadores o delegado sindical, en la sanción debe darse un plazo al trabajador para que pueda presentar un escrito de alegaciones y manifestarse.

Derechos del trabajador

Si el trabajador no está conforme con la sanción, puede impugnar la sanción laboral que le ha puesto la empresa mediante demanda, que habrá de ser presentada dentro de los 20 días hábiles siguientes.

Antes de presentar la demanda al Juzgado de lo Social, es imprescindible presentar la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC).

La presentación de la papeleta, paraliza el plazo de los 20 días desde su presentación hasta el día del acto de conciliación.

El empresario es el que tiene la carga de prueba, sin que puedan alegarse otros motivos de sanción que los indicados en la comunicación al trabajador.

Es conveniente que el trabajador sea asesorado por un abogado laboralista sobre la conveniencia o no de iniciar las acciones legales y la forma de hacerlo.

Una vez realizado el juicio la sentencia puede ser:

  • Confirmar la sanción: cuando se acredite el cumplimiento de las exigencias de forma y la realidad del incumplimiento imputado por parte del trabajador, así como su entidad, valorada según la graduación de faltas y sanciones previstas en el convenio colectivo o en el Estatuto de los trabajadores.
  • Revocar la sanción totalmente: cuando no se haya probado la realidad de los hechos imputados al trabajador o éstos no sean constitutivos de falta, condenando a la empresa al pago de los salarios dejados de percibir, si los hubiere.
  • Revocar la sanción en parte: cuando la falta cometida no haya sido adecuadamente calificada, pero los hechos constituyan infracción de menor calificación.
  • Declarar la sanción nula: cuando haya sido impuesta sin observar los requisitos formales establecidos por el convenio colectivo o el Estatuto de los trabajadores, o cuando éstos presenten defectos de tal gravedad que no permitan alcanzar la finalidad para la que fueron requeridos, así como alguna de las causas sean discriminatorias previstas en la Constitución y en la Ley, o se produzca una violación de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. También serán nulas las sanciones impuestas a los representantes de los trabajadores o a los delegados sindicales, sin la previa audiencia de los restantes integrantes de la representación a que el trabajador perteneciera, así como a los trabajadores afiliados a un sindicato, sin dar audiencia a los delegados sindicales.

Contra las sentencias dictadas por el juzgado en este área no cabe recurso, salvo en los casos de sanciones por faltas muy graves que se podrá interponer «recuso de apelación».

Recuerda que para cualquier duda o aclaración este despacho esta a vuestra disposición.

¿Qué sanciones en el trabajo se pueden aplicar? | tugesto (2024)

FAQs

¿Qué sanciones en el trabajo se pueden aplicar? | tugesto? ›

Faltas leves: suelen quedarse en amonestación, pero pueden acarrear suspensión de empleo y sueldo hasta 2 días. Faltas graves: conllevan la suspensión de empleo y sueldo hasta 20 días. Faltas muy graves: pueden conllevar la suspensión de empleo y sueldo hasta 6 meses y/o el despido disciplinario.

¿Qué tipo de sanciones se pueden aplicar a un trabajador? ›

En función de la gravedad de los hechos, la sanción que puede imponer la empresa será:
  • Amonestación verbal o por escrito.
  • Suspensión de empleo y sueldo.
  • Despido disciplinario.
Aug 2, 2023

¿Qué sanciones puede recibir un trabajador? ›

En cuanto a las sanciones, pueden ser según la gravedad de la falta:
  • Amonestación verbal.
  • Amonestación escrita.
  • Días de suspensión de empleo y sueldo.
  • Traslados.
  • Inhabilitaciones para ascensos.
  • Despido disciplinario.
Oct 26, 2022

¿Cuáles son las sanciones laborales? ›

Las sanciones en el trabajo son una forma de castigo que las empresas utilizan para disciplinar a los empleados por su mala conducta. Suelen utilizarse como último recurso, cuando otras medidas disciplinarias no han logrado corregir el comportamiento en cuestión.

¿Qué tipo de sanciones puede aplicar el empleador al trabajador? ›

El empleador puede aplicar medidas disciplinarias proporcionadas a las faltas o incumplimientos demostrados por el trabajador. Existen distintos tipos de sanciones: Llamado de atención, advertencia, amonestación o apercibimiento.

¿Cuáles son algunos ejemplos de sanciones? ›

Las formas destacadas de sanciones económicas incluyen barreras comerciales, congelaciones de activos, prohibiciones de viaje, embargos de armas y restricciones a las transacciones financieras . La eficacia de las sanciones para lograr los objetivos previstos es un tema de debate. Los académicos también han considerado las externalidades políticas de las sanciones.

¿Cuáles son los tipos de sanciones? ›

Pueden ser de tipo patrimonial, cuando se deben a un daño cometido contra el patrimonio de alguien (o sea, contra sus bienes), y de tipo extrapatrimonial cuando se deben a un daño moral o psicológico causado a alguien.

¿Qué hacer si te sancionan en el trabajo? ›

Una vez que nos han notificado la sanción podemos impugnarla en el plazo de 20 días hábiles, en los cuáles deberemos presentar una papeleta de conciliación, y, en caso de que no haya acuerdo con la empresa, tendremos que presentar una demanda ante la jurisdicción social.

¿Cuántas sanciones te pueden despedir? ›

En este sentido, hay que tener en cuenta que una sola falta grave puede ser suficiente para justificar un despido disciplinario, siempre que se trate de una falta muy grave, que tenga una gran repercusión en la empresa o que afecte de forma significativa a la confianza que se deposita en el trabajador.

¿Cuáles son las faltas muy graves? ›

Según nuestra legislación, las ausencias injustificadas se consideran: Leve: si ocurren 1 vez en un mes. Grave: si ocurren entre 2 y 4 veces en un mismo mes. Muy grave: si ocurren 5 veces o más en un mismo mes.

¿Cuándo es nula una sanción laboral? ›

Nula: cuando la sanción no haya sido notificada por escrito al trabajador o, en su defecto, cuando no aparezcan en el comunicado los hechos que la motivan.

¿Qué pasa cuando una persona es sancionada? ›

Las sanciones, en la ley y en la definición legal, son penas u otros medios de ejecución utilizados para proporcionar incentivos para la obediencia a la ley u otras reglas y regulaciones. Las sanciones penales pueden adoptar la forma de castigos graves, como penas corporales o capitales, encarcelamiento o multas severas.

¿Cómo notificar una sanción laboral? ›

¿De qué forma se notifican las faltas graves? Plantilla. Las faltas graves en el trabajo deben comunicarse por escrito, mediante una carta dirigida al trabajador, en la cual debe incluirse la fecha y el comportamiento o los acontecimientos que han dado lugar a la sanción.

¿Cuáles son las faltas leves en el trabajo? ›

Un retraso de 15 minutos de forma injustificada en el puesto de trabajo se considera como falta leve.

¿Cuántas advertencias antes del despido? ›

Así, si el Código del empleador establece que por una primera infracción de mala conducta se debe dar una advertencia verbal y por la segunda infracción de naturaleza similar se debe dar una advertencia escrita, entonces para la tercera infracción se debe dar una advertencia final por escrito y luego para la cuarta infracción. despido, entonces el empleador generalmente está obligado a...

¿Qué es un delito que da lugar a despido en el trabajo? ›

Los delitos que pueden ser despedidos en el trabajo pueden incluir: Violencia física o amenazas en el trabajo . Discriminación o acoso. Posesión de drogas. Robo, fraude o deshonestidad en el trabajo.

¿Cuántas amonestaciones son necesarias para el despido? ›

pero la carta de amonestación. lo que busca es que el trabajador enmiende en un futuro su conducta. pues pero para que te despidan debe existir una causal de despido. con independencia de que existan una 2 o 3 o más cartas de amonestación.

¿Cuántas sanciones graves para despido? ›

No existe un número mínimo de faltas graves que, una vez alcanzado, dé lugar automáticamente al despido disciplinario. Una sola falta grave puede justificar un despido disciplinario si está recogida en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Lo que sí se exige es que la falta sea grave y culpable.

¿Qué dice la Ley del trabajo sobre las amonestaciones? ›

El Estatuto de los Trabajadore establece el tiempo en el que prescriben las amonestaciones laborales, algo que depende del tipo de sanción al que vaya asociada. Las leves prescriben en un plazo de 10 días, las graves prescriben en 20 días y las faltas muy graves en 60 días.

¿Cuáles son las faltas leves graves y muy graves? ›

Según nuestra legislación, las ausencias injustificadas se consideran: Leve: si ocurren 1 vez en un mes. Grave: si ocurren entre 2 y 4 veces en un mismo mes. Muy grave: si ocurren 5 veces o más en un mismo mes.

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